Via El País
La Suprema Corte de México ha despenalizado el aborto tras una decisión histórica votada por unanimidad de los ministros en pleno. “A partir de ahora no se podrá procesar a mujer alguna que aborte en los supuestos considerados por este tribunal”, ha dicho el presidente de la Corte, Arturo Zaldívar. Se trata, añadió, de una “nueva ruta de libertad, claridad, dignidad y respeto y un gran paso en la lucha histórica por la igualdad y el ejercicio de sus derechos”. La justicia mexicana abre así un camino expedito para la interrupción voluntaria del embarazo, una práctica muy desigual en todo el país, donde solo cuatro Estados de los 32 han legislado una ley de plazos. En el resto se manejan con normas restrictivas que apenas contemplan los riesgos para la madre, las malformaciones del feto y los casos de violación como causas no punibles para abortar. Y no siempre se cumplen.
Las activistas por el aborto tienen hoy uno de los días más celebrados en su lucha por esta materia; los pañuelos verdes han ondeado en la calle. México está muy rezagado en la regulación de la interrupción del embarazo, que se ha ido resolviendo con parches a través de decisiones judiciales en el tiempo, con las que se fueron declarando inconstitucionales algunas normativas regionales. Hoy, de nuevo, la justicia ha contribuido a avanzar en una materia en la que el Gobierno federal se niega a legislar para no abrir espacios de “enfrentamiento”, según ha manifestado en una ocasión el presidente, Andrés Manuel López Obrador. Aunque tampoco se ha declarado en contra del aborto abiertamente. Las mujeres “y personas gestantes”, como se han referido a ellas constantemente los jueces en sus votos, ya no podrán ser castigadas penalmente en ningún momento por abortar en México. “El Tribunal demuestra así, con hechos y sentencias, que su único compromiso es con la Constitución y con los Derechos Humanos”, ha dicho Zaldívar.PUBLICIDADE
En vídeo, el ministro de la Suprema Corte de México, Luis María Aguilar, anuncia la medida de despenalizar el aborto.
Los ministros de la Corte han debatido durante dos días acciones de inconstitucionalidad que llegaban desde los Estados de Coahuila y Sinaloa, muy severos con la interrupción el embarazo: en uno de ellos, el aborto se penaliza con cárcel de uno a tres años, y el otro está blindado con una norma que protege la existencia de vida desde el mismo momento de la concepción. La decisión de la Corte se ha basado en la autonomía de la mujer para decidir sobre la maternidad, más allá de otros conceptos sobre la vida prenatal. “Hablar de una idea de la vida sobrepasa el derecho y un Tribunal Constitucional no puede sustentar sus decisiones en apreciaciones particulares y subjetivas, sino universales”, ha dicho la ministra Margarita Ríos Farjat. Y ha añadido: “El asidero del derecho penal para sancionar no es potestad del legislador sino de los Derechos Humanos, lo demás son sofismos que obnubilan el problema de las mujeres”. De lo que deben hacerse cargo los Estados es de garantizar la salud pública y la seguridad”, ha añadido. “Se destierra la amenaza de la prisión sobre las mujeres y el estigma”, ha dicho después el ministro ponente del proyecto que se ha votado hoy, Luis María Aguilar Morales.
El pleno ha declarado inválido también un artículo del Código Penal de Coahuila en el que la violación en el seno del matrimonio o de la pareja está menos penalizada que en en el resto de los casos. También en esto se ha conseguido la unanimidad.
El gran paso dado hoy en México, un país de profundas convicciones no solo católicas, sino de otras religiones aún más conservadoras con estas prácticas, por más que sea laico en sus preceptos constitucionales e históricos, le sitúa en la línea de modernidad legal que han alcanzado otras naciones. “Con esta sentencia la Suprema Corte de Justicia se traza la línea para que el debate en los Estados vaya hacia la despenalización”, señala Rebeca Ramos, directora del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), organización feminista a favor del aborto. El mensaje de la Corte es contundente y obliga a Coahuila a cambiar su legislación para que abortar no sea considerado un delito. Las mujeres encarceladas por este motivo, deberán ser puestas en libertad de inmediato y aquellas que cumplan una pena similar en otros Estados, podrán ampararse bajo este criterio.
Muy celebrado a nivel mundial fue el derecho al aborto legislado en Argentina en diciembre del año pasado. México no podía quedar atrás y se espera que esta decisión judicial ponga los cimientos para futuras legislaciones en los Estados que aún no las tienen. La Ciudad de México se adelantó en 2007 con una ley de plazos que establece 12 semanas para interrumpir la gestación sin tener que dar explicaciones ni motivos. Le han seguido Oaxaca, Hidalgo y Veracruz. En 13 años el enfoque de la Corte ha cambiado radicalmente. Empujado por el movimiento feminista cada vez más fuerte en el país. La sentencia de este martes es un claro ejemplo de lo que significa para los derechos de las mujeres aplicar la perspectiva de género en las decisiones de la Corte. Si en 2007 se discutió si los congresos locales tenían la potestad para despenalizar el aborto, en 2021 la discusión ha versado en torno al derecho de las mujeres a decidir sobre sus propios cuerpos desde la libertad sexual y reproductiva. “La decisión de hoy abre la puerta a otros países latinoamericanos a llevar la discusión adelante, siguiendo los pasos de Argentina y México, contrarios a la legislación restrictiva de Texas”, señala la abogada Paola Zavala Saeb.
En todo el país se practican cada año entre 750.000 y un millón de abortos clandestinos y un tercio de ellos resultan con complicaciones que requieren atención médica urgente. Miles de mujeres pierden su vida con intervenciones caseras o llegan desangradas a los hospitales, donde tampoco suelen encontrar la comprensión del personal sanitario, temeroso de que el Estado en cuestión cargue contra ellos por facilitar el aborto. La objeción de conciencia es algo que también se está discutiendo estos días en la Suprema Corte.
El 7 de julio, El Tribunal declaró inconstitucional la existencia de un plazo determinado para abortar cuando se trate de un caso de violación, y obligó al Estado de Chiapas a modificar este punto en su legislación, en virtud del cual, en 2018, se impidió la interrupción del embarazo a una muchacha de 17 años con parálisis cerebral. La gestación había cumplido ya los 90 días dictados para ello.
México ha reformado recientemente su poder judicial. Ahora basta con una decisión del pleno votada por unanimidad para sentar jurisprudencia, donde antes se necesitaban cinco fallos similares. Esa es la razón de que la decisión del día de hoy se considere histórica entre quienes han defendido que la mujer es libre para decidir sobre su propio cuerpo en el caso de embarazo no deseado. Los magistrados han tenido en cuenta la tremenda situación de violencia en que se desenvuelven las mujeres en este país norteamericano.
El ministro presidente Zaldívar, ha terminado con un llamamiento a los jueces de todas las instancias del país a seguir el criterio de la Corte para dictar sentencia en el mismo sentido, lo que refuerza el camino que se abre hoy en el país. A lo anterior se suma la llegada de Olga Sánchez Cordero a la presidencia del Senado. Exmagistrada de la Suprema Corte y proabortista convencida, podría tener un importante papel en el desarrollo de una legislación federal a favor de la interrupción del embarazo, en línea con las palabras del máximo tribunal.